EDICTO, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus: MALY YONEIDA TOVAR SOSA, (Esposa)
hace 7 meses


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 24 de Septiembre de 2025
215° y 166°
EDICTO
SE HACE SABER:
A CUANTAS PERSONAS TENGAN INTERÉS:
Que el ciudadano: DARWIN MIGUEL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.271.589, domiciliado en la urb. Merecure, sector 2, calle 13, casa N° 17, del Municipio Biruaca, Estado Apure, teléfono: 0414-4754072, actuando en su propio nombre, con interés legítimo personal y directo, en mi condición de esposo de quien en vida respondiera al nombre de: MALY YONEIDA TOVAR SOSA, Titular de la cedula de identidad N° V-11.794.411, quien fuera venezolana, mayor de edad, domiciliada en la urb. Merecure, sector 2, calle 13, casa N° 17, del Municipio Biruaca, Estado Apure, debidamente asistido por la Defensora Publica Segundo con competencia en Materia Civil, Mercantil y Transito, KENIA ECHENIQUE DE FARFAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.609.504, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 173.281; quien solicita le sea declarado como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la De cujus: MALY YONEIDA TOVAR SOSA, (Esposa), Venezolana, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.794.411, quien falleció AB- Intestato el día 8 de Agosto del año 2025, tal como consta y se evidencia en el acta de defunción N° 334, año 2025, de la cual anexa copia de cedula de identidad del solicitante, y copias de la cedula del causante, así como también Copia Certificada de la Acta de Defunción, Copia Certificada de la Acta de Matrimonio.. En tal virtud, todas aquellas personas que tengan interés o se crean con derechos en éste procedimiento, deberán comparecer por ante éste Tribunal el TERCER (03) dia de Despacho siguiente a la publicación y consignación en autos que del presente EDICTO se haga, el cual deberá ser publicado en el diario "Regional O Nacional", y copia del mismo será fijado en la CARTELERA de éste Tribunal, en el horario comprendido de 8:30 a.m., a 03:30 p.m., con el objeto de que exponga lo que considere conveniente en relación con la Solicitud todo de conformidad con lo establecido en el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil.
Juez
ABG. TITO FIGUEROA
La Secretaria Titular,
ABG YUDIT DEL VALLE SANCHEZ
Solicitud N° 25-131
TJF/YVS/JG
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