EDICTO, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus: YIRA PALMERO GUERRA

hace 2 meses

EDICTO, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus: YIRA PALMERO GUERRA
NotiApure
EDICTO, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus: YIRA PALMERO GUERRA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 13 de Febrero de 2.026
215° y 166°
EDICTO
SE HACE SABER:
A CUANTAS PERSONAS TENGAN INTERÉS:
Que la ciudadana: GABRIELA LAMUÑO PALMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.130.635, actuando en su nombre y debidamente asistida en este acto por el abogado MIGUEL JOSE GREGORIO PEREZ VAZQUEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-11.237.017 inscrito en el I.P.S.A bajo el N°198.622, con interés legítimo personal y directo, en su condición de HIJA, quien ha solicitado se le declare como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la Decujus: YIRA PALMERO GUERRA, quien fuera Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidadN°V-10.623.047, domiciliada en la Manzana nro. 02, Casa nro. 14, Urb. Altos de Puerto Miranda, Municipio Camaguán, Estado Guárico, quien falleció ab-intestato el día 10 de Mayo del año 2.022 en su habitación Residencial, según consta en el Acta N°180, de fecha 13-07-2022. Anexa copia certificada del Acta de Defunción, copia certificada de la partida de nacimiento de la hija de la Decujus, copia de cedula de identidad de la solicitante. En tal virtud, todas aquellas personas que tengan interés o se crean con derechos en éste procedimiento, deberán comparecer por ante éste Tribunal el TERCER (03) dia de Despacho siguiente a la publicación y consignación en autos que del presente EDICTO se haga, el cual deberá ser publicado en cualquier "Diario de circulación nacional o Regional", y copia del mismo será fijado en la CARTELERA de éste Tribunal, en el horario comprendido de 08:00 a.m., a 03:30 p.m., con el objeto de que exponga lo que considere conveniente en relación con la Solicitud todo de conformidad con lo establecido en el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, a fin de exponer lo conducente
Juez
ABG. TITO JOSE FIGUEROA.
La Secretaria Titular
ABG. YUDIT DEL VALLE SANCHEZ.
Solicitud N° 26-08
TJF/YVS/JCRS.

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