TSJ ratifica condena de 30 años a femicida que asesinó a su pareja en Carabobo
hace 6 meses

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dejó incólume la condena de 30 años de prisión impuesta a Raúl Ernesto Lovera Cañizales, quien fue hallado culpable del asesinato de su pareja Greicy Carolina Bracho Lugo (40). El crimen ocurrió en enero de 2020 en el estado Carabobo y la máxima condena fue ratificada tras declararse inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa.
Pruebas criminalísticas revelaron golpiza y lanzamiento del cuerpo en terreno baldío
Los hechos se remontan al 17 de enero de 2020, cuando Greicy y su pareja compartían en familia en su residencia ubicada en la urbanización Tierra del Sol, San Joaquín (Carabobo), según refiere la sentencia N° 41 publicada el pasado 12 de febrero con la firma de los magistrados Maikel Moreno (ponente), Carmen Marisela Castro y Elsa Gómez. Al culminar el compartir, la pareja salió a llevar a una amiga, pero en el camino se suscitó una discusión.
Originalmente, Lovera Cañizales informó al Cicpc que en medio de la discusión Greicy pidió detener el vehículo para irse a pie, versión que resultó falsa. La investigación determinó que el sujeto le propinó una golpiza a la mujer que incluyó patadas, para luego lanzarla en un terreno baldío donde falleció. Al día siguiente, vecinos alertaron a la policía sobre un cadáver en un terreno adyacente a la urbanización La Pradera, San Joaquín.
Agentes del Cicpc entrevistaron a Lovera en el lugar, quien reiteró no saber nada del asesinato. Sin embargo, al observar contradicciones en su declaración, los funcionarios lo detuvieron y realizaron una inspección técnico criminalística que detectó arañazos en determinadas partes de su cuerpo. Asimismo, las marcas de sus zapatos coincidían con las localizadas en el cadáver de Greicy a nivel de la región escapular derecha.
El juicio transcurrió entre el 24 de septiembre de 2021 y el 26 de octubre de 2023, cuando fue declarado culpable del delito de femicidio agravado e impuesto la pena máxima de 30 años. Esta condena fue ratificada el 10 de febrero de 2025 por la Corte de Apelaciones con Competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de Carabobo.
Ante esa circunstancia, los abogados defensores interpusieron un recurso de casación ante la Sala Penal del TSJ. Los magistrados decidieron declararlo inadmisible por haber sido consignado fuera de los lapsos establecidos, ya que debían presentarlo antes del 7 de abril de 2025 y lo hicieron el 11 de ese mismo mes, excediendo los 15 días que fija el Código Orgánico Procesal Penal.
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