EDICTO, INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO - MARIA ESTELINA RONDON VILERA

hace 10 meses

EDICTO, INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO - MARIA ESTELINA RONDON VILERA
NotiApure
EDICTO, INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO  - MARIA ESTELINA RONDON VILERA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE San Fernando de Apure, 08 de Julio de 2025 215° y 166°
EDICTO
SE HACE SABER:
A CUANTAS PERSONAS TENGAN INTERES
Que la ciudadana: MARIA ESTELINA RONDON VILERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-26.220.693, de ocupación obrera, domiciliada en el Barrio San José Calle Los Naranjo, casa sin Número, Parroquia San Fernando Estado Apure, asistida por el Abogado ELI SAUL QUIÑONES, Titular de la cedula de identidad N° V-18.328.204, inscrito en el Inpreabogado bajo el Inpreabogado N°. 217.198, instauró Demanda de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, mediante la cual expone que nació en la comunidad buena vista, de la ciudad de Achaguas, Municipio Achaguas, Estado Apure, siendo sus Padres los ciudadanos CELIDA TERESA VILERA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 8.162.099, y de JOSE MANUEL OROPEZA ORDOÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedulad de identidad N° 4.300.563, (Fallecido), pero es el caso que por descuido involuntario de sus padres dejaron de cumplir con el requisito legal de presentación ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Achaguas, Estado Apure, por lo que su Partida de Nacimiento NO APARECE INSERTA en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia San Fernando, Municipio San Fernando del Estado Apure, durante los años 1969-1979, según se desprende de la Constancia expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Fernando, del Estado Apure, y la constancia, emitida por el Registro Principal del Estado Apure, en las cuales se hace constar la no existencia de la referida Partida de Nacimiento de la solicitante, por lo que demanda la INSERCION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido de que ordene su inserción en los Libros mencionados. Al efecto, emplácese a cuantas personas tengan interés o puedan ver afectados sus derechos, para que comparezcan ante este Tribunal en el DÉCIMO (10°) día de Despacho siguiente a la publicación y consignación en autos que del EDICTO se haga en el diario "Regional O Nacional", a objeto de que se hagan partes en el proceso dando Contestación a la Demanda en horas de Despacho. comprendidas de 08:00 a.m., a 3:30 p.m, de conformidad con lo establecido en el Artículo 192 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez
Abg Tito José Figueroa
La Secretaria Titular
Abg. Yudit Sánchez.
EXPEDIENTE N° 25-1240.-
TJF/YS/Sandy.-

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