EDICTO, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus: CARMELO SEBASTIAN DAMICO CORTEZ (V-8.615.094)
hace 8 horas


EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 05 de Octubre de 2026
216° y 167°
EDICTO
SE HACE SABER:
A CUANTAS PERSONAS TENGAN INTERÉS:
Que la ciudadana: ANDREA DEL CARMEN DAMICO CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.343.292, actuando en su propio nombre, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio DARYS JOSEFINA RODRIGUEZ ARJONA, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad N° V-8.168.173, Inpreabogado N° 163.159, quien solicita le sea declarada como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del De cujus: CARMELO SEBASTIAN DAMICO CORTEZ, venezolano, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.615.094, quien falleció AB- Intestato, a consecuencia de una Hipertensión Arterial no controlada, Emergencia Hipertensiva, ACV Hemorragico, Distress Respiratorio, en fecha 01 de Enero del año 2021, en el Hospital Industrial PDVSA, tal como se evidencia en el acta de defunción Original N° 10, que acompaña marcada con la Letra "A", expedida en el Registro Civil del Municipio Bolivariano General Pedro María Freites, Parroquia Cantaura, Estado Anzoátegui, de la cual anexa copia de cedula de identidad del solicitante y del difunto, así como también el Acta de Defunción original, certificación del Acta de Nacimiento. En tal virtud, todas aquellas personas que tengan interés o se crean con derechos en éste procedimiento, deberán comparecer por ante éste Tribunal el TERCER (03) día de Despacho siguiente a la publicación y consignación en autos que del presente, EDICTO se haga, el cual deberá ser publicado en el diario "Regional O Nacional", y copia del mismo será fijado en la CARTELERA de éste Tribunal, en el horario comprendido de 8:00 a.m., a 12:30 p.m, Según Resolución Nro. 2026-0006 de Fecha 12 de Agosto de 2026, se ajusta el Horario Laboral del Poder Judicial y sus Órganos Auxiliares de Lunes a Viernes desde las 8:00am hasta las 12:30pm, con el objeto de que exponga lo que considere conveniente en relación con la Solicitud todo de conformidad con lo establecido en el artículo 192 del Codigo de Procedimiento Civil.
Juez,
ABG. TITO FIGUEROA
La Secretaria Titular,
ABG. YUDIT DEL VALLE SANCHEZ
Solicitud N° 26-113
TJF/YVS/JG
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