EDICTO, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus: RICARDO JULIO PERAZA HIDALGO (V-2.479.183)

hace 6 días

EDICTO, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus: RICARDO JULIO PERAZA HIDALGO (V-2.479.183)
NotiApure
EDICTO, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus: RICARDO JULIO PERAZA HIDALGO (V-2.479.183)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO ROMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE. CON SEDE EN ELORZA.-
Elorza, 18 de septiembre de 2026.
216° y 167°
EDICTO
SE HACE SABER
A CUANTAS PERSONAS TENGAN INTERES.-
A todas aquellas personas que tengan interés directo y manifiesto en el procedimiento que cursa por ante este Despacho, por motivo de la Solicitud de la DECLARACIÓN DE UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES, de quien en vida, vida se llamara: RICARDO JULIO PERAZA HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.479.183, constante de veintiún (21) folios, se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho conforme a lo previsto en el Artículos 341, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DÉSELE curso de Ley conforme a los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, el cual quedo anotado bajo el N° 2.945-26, tómese la Declaración de los testigos, para el cuarto (4to) día de Despacho, siguiente al de hoy. Se ORDENA la Publicación de un EDICTO, el cual deberá ser Publicado en el Diario de Circulación Regional o Nacional, del Estado Apure, a los fines de preservar los presuntos derechos que pudieren hacer valer todas aquellas personas, que tengan interés directo y manifestó en la Declaración de Herederos, Interpuesta por el ciudadano: NIXON LUBEL PERAZA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.822.785; con carácter de Hijo, y en representación de sus hermanos JULIO HUMBERTO PERAZA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 12.196.927; YONNY ALIRIO PERAZA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 13.569.072; OLENNY OLEIDA PERAZA ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 13.186.988; NELSON JESUS PERAZA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.186.989; ELIECER JOSE PERAZA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-21.315.238; respectivamente. Asistido en este acto por el Abogado en libre ejercicio JUNIOR ENRIQUE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.540.121, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°159.062, para que comparezcan el Décimo (10mo.) Día de Despacho siguientes (08:30 a.m., a 03:30 a.m.) una vez Publicado, consignado y fijado a la Cartelera del Tribunal. Librese EDICTO. Désele entrada en los Libros correspondientes bajo el N° 2.945-26 y curso de Ley conformen a los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
El Juez Prov.,
Abg. Pedro Alberto Briceño.
El Secretario Titular.,
Abg. Ricardo José Hernández.-

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